RIESGO DE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE CON TRABAJADOR EN ESPAÑA

May 8, 2017

Para que una empresa alemana pueda tener un trabajador en España, no es imprescindible que disponga de la respectiva estructura legal (como por ejemplo una filial o un establecimiento permanente). Sin embargo, debe nombrar a un representante fiscal (que puede ser el mismo trabajador).

En cambio, cuando una empresa alemana opera en España y tiene contratado a un empleado español que le gestiona la relación con los clientes, la Administración Tributaria española puede plantearse considerar que este empleado actúa como agente dependiente y, por tanto, constituye establecimiento permanente en España. Ello significaría que los beneficios obtenidos en España por la empresa alemana estarían sujetos al Impuesto sobre Sociedades español a razón del 25%.

Es por ello que deben analizarse en profundidad las funciones de dicho empleado para determinar si son accesorias a las que desarrolla la empresa desde Alemania (en cuyo caso no habría establecimiento permanente) o bien actúa en nombre y por cuenta de aquella (hecho que podría significar la existencia de establecimiento permanente).

Nuestro equipo de fiscal tiene experiencia en estos temas, por lo que nos ponemos a vuestra disposición en el caso de que necesitéis revisar alguna estructura similar de vuestros clientes.