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Ley Beckham

Aprovecha las ventajas fiscales de la Ley Beckham y reserva hoy mismo tu primera consulta gratuita y sin compromiso

Como expertos con más de 300 solicitudes tramitadas con éxito, te ayudamos a sacar el máximo partido de la fiscalidad especial. Todo de un mismo proveedor: desde la primera consulta hasta la constitución de la empresa y mucho más.

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Ventajas de la Ley Beckham

Le permite pagar impuestos sobre la propiedad y la renta como si fuera un no residente durante los 6 primeros años tras su traslado.

El impuesto sobre la renta del 24%, hasta 600.000 euros, grava los rendimientos del trabajo a escala mundial.

Otras rentas, como los rendimientos de inversiones extranjeras, no tributan en España, sino sólo en la fuente.

No hay obligación de presentar la declaración de bienes situados en el extranjero.

Los miembros de la familia (cónyuge e hijos menores de 25 años) también pueden beneficiarse de este régimen fiscal especial.

Requisitos previos para la aplicación de la Ley Beckham

Residencia fiscal: El solicitante no debe haber tenido residencia fiscal en España en los últimos 5 ejercicios fiscales anteriores a su traslado a España.

El traslado a España debe obedecer a motivos profesionales, tales como:

  • Celebración de un contrato de trabajo con una empresa radicada en España (excluidos los deportistas profesionales).
  • Como empleado a distancia de una empresa extranjera.
  • Nombramiento como consejero delegado de una empresa española.
  • Realización de una actividad empresarial considerada innovadora y de especial interés económico para España, confirmada por un informe favorable de la autoridad competente ENISA.
  • Profesionales altamente cualificados (con restricciones).

Solicitud: en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad laboral en España.

Grupos de personas que pueden presentar la solicitud:

  • Empleados: personas que se trasladan permanentemente a España debido a una relación laboral.
  • Administradores: personas que asumen la representación legal de una sociedad, con independencia de su participación accionarial, siempre que no se trate de una sociedad patrimonial.
  • Emprendedor
  • Profesionales altamente cualificados
  • Nómadas digitales
  • Familiares

¿Cómo funciona la aplicación de la Ley Beckham?

Nuestros asesores analizan tus circunstancias personales

Desarrollamos opciones que conducen al éxito de tu solicitud

Recopilamos los documentos necesarios

Preparación de los formularios de solicitud, modelo 149 y modelo 030

Presentación de la solicitud completa

Estamos a tu disposición hasta que recibas la decisión oficial

Nuestro equipo

Martin Westhofen

Asesor Jurídico, ass. Iur.

Jörg Hörauf

Gerente y asesor fiscal

Manuel Contreras

Director del Área Fiscal

Preguntas frecuentes

¿Qué es la Ley Beckham?

La Ley Beckham permite a los empleados que se trasladan a España beneficiarse de una fiscalidad favorable. En lugar del impuesto sobre la renta progresivo habitual, usted paga un impuesto a tanto alzado del 24% sobre sus ingresos (en todo el mundo) hasta 600.000 euros y del 47% sobre las cantidades que superen esa cifra. Además, otros ingresos procedentes del extranjero no están sujetos a tributación en España.

Quién puede acogerse a la Ley Beckham

Empleados, directores generales de una empresa española, empresarios, profesionales altamente cualificados, nómadas digitales, familiares

¿Cuánto dura el proceso de solicitud?

Por regla general, la solicitud se prepara en el plazo de un mes. La decisión oficial puede tardar hasta 3 meses.

¿Qué otras ventajas fiscales tiene Beckham Law?

  1. No hay obligación de presentar el modelo 720;
  2. En cuanto al impuesto sobre el patrimonio, sólo se tienen en cuenta para la liquidación los bienes situados en España
  3. La preparación de la declaración anual del impuesto sobre la renta se ha simplificado relativamente

Contacto

Barcelona

Riera Principal 8, 08328 Alella, Barcelona

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stbsp@etl.es

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