Los residentes fiscales en España están obligados a tributar en el IRPF por sus rentas mundiales. Ello significa que, si perciben pensiones pagadas por el Estado alemán o por planes de pensiones alemanes, el importe de esas pensiones debe incluirse en la declaración anual, estando por tanto a tributación.
En 2015 el Gobierno español permitió a aquellos contribuyentes que no habían declarado estas pensiones hasta la fecha a pagar la cuota que dejaron de ingresar, sin exigir intereses de demora ni sanción. Pero desde el 1 de julio de 2015, esta “amnistía fiscal” ya no aplica, por lo que la Administración Tributaria, que dispone de esta información, puede exigir a los contribuyentes que no incluyan su pensión extranjera dentro del resto de rentas sujetas al IRPF, la cuota, más los intereses de demora y una sanción mínima del 50% (y máxima del 300%) de dicha cuota.
Si tenéis algún amigo o cliente con esta problemática, estaremos encantados de ayudarle.