La norma actualmente aprobada (el RDL 7/2020) establece la posibilidad para las Pymes de solicitar aplazamiento de pago de las deudas de aquellas declaraciones tributarias cuyo plazo de presentación sea entre el 13 de marzo de 2020 y el 30 de mayo de 2020.
A estos efectos se considera PYME aquellas entidades cuyo volumen de operaciones en el año 2019 no haya sido superior a 6.010.121,04 euros.
Las declaraciones deben seguirse presentando dentro de plazo. Lo que permite la norma es solicitar aplazamiento en el pago por un plazo máximo de 6 meses sin que se genere interés en los primeros 3 meses. También es requisito que la deuda que se quiere aplazar no sea superior a 30.000 euros; en caso contrario habrá que aportar garantías.
De todas formas, es posible que en los próximos días se publiquen nuevas disposiciones que permitan alargar los plazos de presentación de las declaraciones.