IVA EN LA CESIÓN DE VEHÍCULOS A TRABAJADORES

May 19, 2017

La DGT, en su consulta vinculante V4951-16, de 15/11/16, ha considerado que el IVA soportado por una sociedad de abogados en el renting de un vehículo que es utilizado por uno de sus socios parcialmente para fines privados, es deducible al 50%.
Este criterio parece contradecir el de las consultas de 2011 y 2012 (p.ej. V1379-11, V1466-11, V0856-12, V0891-12 o V0996-12), que exigían la deducibilidad del 100% del IVA soportado y, paralelamente, la obligación de repercutir el IVA correspondiente al trabajador (en función de su uso personal), y que ha sido utilizado por la Inspección en las comprobaciones recientemente llevadas a cabo sobre este tema.