El pasado 1 de octubre se publicaron los Anteproyectos de Ley y de Real Decreto por los cuales se modifican la Ley y el Reglamento del IVA para incorporar las medidas de simplificación en las operaciones intracomunitarias conocidas como “VAT Quick Fixes 2020”.
El objetivo de dichas medidas es lograr un tratamiento armonizado en todos los Estados miembros de determinadas operaciones de comercio transfronterizo y conseguir una tributación simplificada y uniforme de estas operaciones intracomunitarias, que hasta la fecha están siendo interpretadas de forma divergente por las distintas Administraciones tributarias.
Entre otras modificaciones, el Anteproyecto simplifica las operaciones relativas a las ventas de bienes en consigna y las operaciones de venta en cadena: así, el envío de una mercancía a un almacén o las instalaciones de un cliente en otro Estado Miembro no tendrá consideración de transacción intracomunitaria hasta que el cliente efectivamente retire la mercancía de dicho almacén de consigna.
Asimismo, se regula la exigencia como un requisito material y no formal de que el adquirente, para aplicar la exención en las entregas intracomunitarias de bienes, disponga de un número de identificación a efectos de IVA atribuido por un Estado miembro distinto de España.
La entrada en vigor de estas nuevas medidas será el 1 de enero de 2020.