RESIDENCIA FISCAL DE PERSONAS JURÍDICAS EN ESPAÑA

May 8, 2017

El Convenio para evitar la Doble Imposición suscrito entre España y Alemania establece que cuando una sociedad sea residente fiscal en los dos países de acuerdo según sus respectivas normas domésticas, sólo lo será de aquél en el que tenga su sede de dirección efectiva.

Desde el punto de vista español, se entiende que tiene su sede de dirección efectiva aquella compañía cuyos administradores sean residentes fiscales en España, motivo por el cual pueden darse situaciones difíciles de determinar.

En el caso de que alguno de vuestros clientes pueda tener algún problema similar, estaremos encantados de ayudarlo.