RTEAC de 30 de noviembre de 2017, rec. 03927/2017. Reducción de las sanciones.
No procede la reducción del 25% cuando se realiza un ingreso parcial del importe de la sanción, aunque dicho pago se efectúe dentro del período de ingreso concedido.
La reducción del 25% se aplica única y exclusivamente al importe íntegro de la sanción.