RTEAC de 30 de noviembre de 2017, rec. 03927/2017. Reducción de las sanciones.

No procede la reducción del 25% cuando se realiza un ingreso parcial del importe de la sanción, aunque dicho pago se efectúe dentro del período de ingreso concedido.

La reducción del 25% se aplica única y exclusivamente al importe íntegro de la sanción.

 

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